Nómadas digitales (teletrabajadores internacionales)
Los extranjeros no comunitarios pueden solicitar la residencia por teletrabajo internacional para realizar una actividad laboral o profesional a distancia para empresas situadas fuera del territorio nacional, mediante la utilización exclusiva de medios y sistemas informáticos.
REQUISITOS
Acreditar ser licenciados o graduados por universidades de reconocida entidad, escuelas de formación profesional y empresariales de reconocido prestigio o con una experiencia profesional mínima de tres años.
Existencia de actividad real y continuada por parte de la empresa con la que contrata el solicitante.
Documentación acreditativa de que la relación laboral o profesional se puede realizar a distancia.
Acreditación de que la relación laboral o profesional entre el solicitante y el trabajador ha existido durante al menos tres meses, así como documentación acreditativa de las condiciones de la actividad a distancia.
TIPOS DE PERMISOS Y DURACIÓN
Visado: cuando el solicitante se encuentre fuera de España, obtendrá un permiso para residir y trabajar en todo el territorio nacional, si así lo desea. La duración del permiso es de 1 año, salvo que el periodo de trabajo sea inferior, en cuyo caso el visado tendrá la misma duración. Transcurrido el año, deberá solicitarse una autorización de residencia.
Autorización de residencia: cuando el solicitante se encuentre legalmente en España, obtendrá obtendrá una autorización de 3 años para residir y trabajar en todo el territorio nacional, si así lo desea.
¿DÓNDE SOLICITAR LA RESIDENCIA?
Visado: En Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares. Embajadas y Consulados.
Autorización de residencia: en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.