Nómadas digitales (teletrabajadores internacionales)

Los extranjeros no comunitarios pueden solicitar la residencia por teletrabajo internacional para realizar una actividad laboral o profesional a distancia para empresas situadas fuera del territorio nacional, mediante la utilización exclusiva de medios y sistemas informáticos.

REQUISITOS

 Acreditar ser licenciados o graduados por universidades de reconocida entidad, escuelas de formación profesional y empresariales de reconocido prestigio o con una experiencia profesional mínima de tres años.
 Existencia de actividad real y continuada por parte de la empresa con la que contrata el solicitante.
 Documentación acreditativa de que la relación laboral o profesional se puede realizar a distancia.
 Acreditación de que la relación laboral o profesional entre el solicitante y el trabajador ha existido durante al menos tres meses, así como documentación acreditativa de las condiciones de la actividad a distancia.

TIPOS DE PERMISOS Y DURACIÓN

Visado: cuando el solicitante se encuentre fuera de España, obtendrá un permiso para residir y trabajar en todo el territorio nacional, si así lo desea. La duración del permiso es de 1 año, salvo que el periodo de trabajo sea inferior, en cuyo caso el visado tendrá la misma duración. Transcurrido el año, deberá solicitarse una autorización de residencia.


 Autorización de residencia: cuando el solicitante se encuentre legalmente en España, obtendrá obtendrá una autorización de 3 años para residir y trabajar en todo el territorio nacional, si así lo desea.

¿DÓNDE SOLICITAR LA RESIDENCIA?

Visado: En Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares. Embajadas y Consulados.

 Autorización de residencia: en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.

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